Empresas con más de 10 trabajadores: 3 meses para adaptar registro de jornada o multas de hasta 7.500 EUR/trabajador
Ficha tecnica
Resumen
La norma establece un plazo de tres meses para que las empresas con más de 10 trabajadores adapten su registro de jornada a formato electrónico. Si no lo hacen, podrán ser sancionadas con multas de hasta 7.500 euros por trabajador. Este cambio busca modernizar la gestión laboral y mejorar la transparencia en el control de horas trabajadas (art. 4).
En 2 claves
- Empresas con más de 10 trabajadores deben adaptar su registro de jornada a formato electrónico (art. 4)
- Multas de hasta 7.500 EUR por trabajador si no se cumple el plazo (art. 4.2)
A quien afecta
Aplica a este perfil
- Empresas con más de 10 trabajadores
- Independientemente del sector
art. 4
Aplica a este perfil
- Autónomos con trabajadores a cargo
- Si el trabajo es por cuenta ajena
Como afecta a los implicados
Para empresas con más de 10 trabajadores, implica una obligación de actualizar su sistema de registro de jornada. Los trabajadores no sufren cambios directos, pero su jornada laboral será más transparente. Los asesores deben revisar los registros y asesorar a sus clientes sobre el cumplimiento del plazo. Las empresas que no actúen corren el riesgo de multas significativas por incumplimiento (art. 4).
Que hacer y antes de cuando
| Accion | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Adaptar el registro de jornada a formato electrónico | art. 4 | 3 meses desde entrada en vigor |
| Verificar cumplimiento de las multas por incumplimiento | art. 4.2 |
Linea de vida
Recursos BMC para esta norma
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