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BOE-A-2026-4939 ·2 de marzo de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Retevisión I, SAU: 30 días para aplicar cambios en artículos 4, 43 y 65 del convenio colectivo

El Acuerdo de modificación del V Convenio colectivo de Retevisión I, SAU, incorpora cambios en los artículos 4, 43 y 65, así como dos disposiciones adicionales (3 y 4), publicados por resolución de 19 de febrero de 2026. Estos cambios entran en vigor tras 30 días desde su publicación (art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores, RD 2/2015, y RD 713/2010).

En 3 claves

  1. Aplicación de cambios en artículos 4, 43 y 65 del convenio colectivo (art. 4, 43, 65)
  2. Ingreso de disposiciones adicionales 3 y 4 al convenio (disposiciones adicionales 3 y 4)
  3. Plazo de 30 días para aplicar los cambios (art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas afiliadas a Retevisión I, SAU
  • Con independencia del número de trabajadores

art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores

Cómo afecta a los implicados

Las empresas de Retevisión I, SAU deben actualizar sus prácticas laborales conforme a los nuevos artículos 4, 43 y 65 del convenio colectivo. Los trabajadores podrán beneficiarse de las nuevas condiciones laborales establecidas en los artículos modificados. Las administraciones públicas que gestionan el convenio deben mantener actualizados los registros laborales. El plazo de aplicación es de 30 días desde la publicación (art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Actualizar las condiciones laborales según los nuevos artículos 4, 43 y 65 del convenio art. 4, 43, 65 30 días desde la publicación
Incorporar las disposiciones adicionales 3 y 4 al convenio interno disposiciones adicionales 3 y 4 30 días desde la publicación

Línea de vida

2026-03-02PublicacionPublicación en el BOE
2026-03-31Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del Estatuto de los Trabajadores)
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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