La Resolución de 12 de febrero de 2026 publica las nuevas tablas salariales definitivas para 2025 del Convenio colectivo de Federación Farmacéutica, SCCL, con efecto desde el 1 de enero de 2026. Estas modificaciones afectan a los salarios en los artículos 3, 28.1, 32 y el nuevo artículo 47 Bis, así como en los anexos 3 y 4, según lo establecido en el art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y el Real Decreto 713/2010.
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Las empresas farmacéuticas deben ajustar sus salarios a partir del 1 de enero de 2026 conforme a las nuevas tablas salariales. Los trabajadores podrán ver modificaciones en sus remuneraciones. Los asesores y RRHH deben verificar los cambios en los salarios según los artículos modificados. Las administraciones públicas que gestionan el convenio deben asegurarse de que los ajustes se aplican correctamente.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar y aplicar las nuevas tablas salariales desde el 1 de enero de 2026 | art. 3, 28.1, 32, 47 Bis y anexos 3 y 4 | 1 de enero de 2026 |
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