El convenio colectivo para granjas avícolas y otros animales se publica y se aplican las tablas salariales establecidas en la resolución de 9 de febrero de 2021. La vigencia comienza el 1 de enero de 2025 y se extiende hasta el 31 de diciembre de 2027. El texto se basa en el Real Decreto Legislativo 2/2015 y en el Real Decreto 713/2010.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 RDL 2/2015
Las empresas de granjas avícolas y otros animales deben aplicar las nuevas tablas salariales desde el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 RDL 2/2015). Los trabajadores en estas empresas reciben ajustes salariales conforme a las tablas publicadas. Las administraciones laborales mantienen el registro del convenio en la base de datos oficial. El plazo de vigencia se extiende hasta 31 de diciembre de 2027 (art. 90.2 y 3).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Aplicar las tablas salariales del convenio desde 1 de enero de 2025 | art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 | a partir del 1 de enero de 2025 |
| Actualizar el registro del convenio en la base de datos oficial | art. 90.2 y 3 RDL 2/2015 | a partir del 1 de enero de 2025 |
El equipo laboral revisa tu situación concreta.