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BOE-A-2026-3979 ·21 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas de transporte de mercancías peligrosas: modificación de los anexos I y II de la Resolución de 21 de noviembre de 2005

Esta resolución modifica los anexos I y II de la Resolución de 21 de noviembre de 2005 para actualizar los procedimientos de inspección y control de riesgos en el transporte de mercancías peligrosas por carretera. La medida transpone la Directiva (UE) 2025/1801, de 23 de junio, con el fin de armonizar los criterios de control y los formularios administrativos utilizados en la materia.

En 2 claves

  1. Modificación de los anexos I y II de la Resolución de 21 de noviembre de 2005 (ref. indice BOE)
  2. Transposición de la Directiva (UE) 2025/1801, de 23 de junio (ref. indice BOE)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas dedicadas al transporte de mercancías peligrosas por carretera

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  • Transportistas autónomos que operen con mercancías peligrosas

Aplica a este perfil

  • Empresas de transporte de mercancías peligrosas

Cómo afecta a los implicados

Las empresas operadoras de transporte de mercancías peligrosas deberán adaptarse a los nuevos modelos de formularios administrativos y procedimientos de inspección contenidos en los anexos modificados. El cambio responde a una actualización normativa europea, lo que implica que los controles de riesgos inherentes al transporte seguirán los nuevos estándares de la Directiva (UE) 2025/1801.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Verificar la adecuación de los formularios administrativos y procedimientos de inspección a los nuevos anexos anexos I y II de la Resolución de 21 de noviembre de 2005

Línea de vida

2026-02-21PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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