El Acuerdo Internacional establece la aplicación provisional para designar a la Fundación Tres Culturas del Mediterráneo como Centro de Categoría 2 auspiciado por la UNESCO (art. 3). España se compromete a garantizar la autonomía y capacidad jurídica de la Fundación para contratar, actuar en justicia y gestionar bienes (art. 4). El acuerdo tiene una duración de ocho años desde su aplicación provisional (art. 15).
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Para la Fundación Tres Culturas del Mediterráneo, este acuerdo supone el reconocimiento internacional de su estatus, obligando a España a velar por su autonomía operativa y capacidad para recibir fondos y dotarse de recursos (art. 4 y 5). Para la UNESCO, permite la representación en el órgano de gobierno de la Fundación (art. 5.b). El acuerdo tiene una vigencia de ocho años, sujeto a renovación o denuncia (art. 15).
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