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Fiscal

Trabajadores en grandes almacenes: 1 de enero de 2026 para aplicar nuevo incremento salarial fijo

BOE-A-2026-3276

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 12 feb 2026, 20:59

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-3276
Publicacion
12 feb 2026
Entrada en vigor
1 ene 2026 (en vigor)

Resumen

La Resolución de 15 de enero de 2026 publica el acuerdo de incremento salarial fijo para el año 2026 en el Convenio Colectivo de Grandes Almacenes, que entrará en vigor el 1 de enero de 2026. Este aumento está regulado por el art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, texto refundido por el Real Decreto Legislativo 2/2015. El acuerdo se deriva de la Comisión Mixta y se publica conforme a la normativa vigente.

En 2 claves

  1. Nuevo incremento salarial fijo aplicable a partir del 1 de enero de 2026 (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. El acuerdo se deriva de la Comisión Mixta del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes (Resolución de 15 de enero de 2026)

A quien afecta

Aplica a este perfil

  • Trabajadores en grandes almacenes
  • Sector de grandes almacenes

Aplica a este perfil

  • No aplica directamente, ya que no se relaciona con actividades de grandes almacenes

Aplica a este perfil

  • Empresas que formen parte del sector de grandes almacenes

Como afecta a los implicados

Los trabajadores en grandes almacenes pasan a beneficiarse del nuevo salario fijo a partir del 1 de enero de 2026. Las empresas deben asegurarse de que los salarios se ajusten conforme al acuerdo publicado. Los asesores laborales deben verificar que los contratos o acuerdos internos reflejen el nuevo salario fijo. Las administraciones no tienen cambios directos, pero deben mantener la publicación del convenio como referencia.

Linea de vida

2026-02-12PublicacionPublicacion en el BOE
2026-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores)

Recursos BMC para esta norma

Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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