La Orden califica de interés general las obras para aumentar las capacidades mediante una segunda línea de tiro en el Centro de Ensayos «Torregorda», por ser imprescindibles desde el punto de vista estratégico para la Defensa Nacional (art. 85 Ley 62/2003). El proyecto incluye la construcción de un centro de control de fuegos, taller de carga, fuste universal, galería de tiro, polvorines, viales y muro de contención. Esta calificación permite el control preventivo municipal de obras en zonas de interés para la Defensa Nacional.
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Para el Ayuntamiento de Cádiz, la calificación de interés general afecta al control preventivo municipal de las obras proyectadas (art. 85 Ley 62/2003). El Ayuntamiento dispone de un plazo de un mes para interponer recurso potestativo de reposición o de dos meses para interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional tras la comunicación de la orden.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Interponer recurso potestativo de reposición si se desea impugnar la orden | art. 123 y 124 de la Ley 39/2015 | 1 mes |
| Interponer recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional | art. 11 y 46 de la Ley 29/1998 | 2 meses |
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