Ir al contenido
BOE-A-2026-2709 ·5 de febrero de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Empresas de transformación de vehículos: aplicación de la nueva corrección segunda de la revisión séptima del Manual de Reformas

La Dirección General de Estrategia Industrial y de la Pequeña y Mediana Empresa aprueba la corrección segunda de la séptima revisión del Manual de Reformas de Vehículos. Esta actualización ajusta los requisitos de homologación y la documentación necesaria para la tramitación de reformas de vehículos, respondiendo a la evolución tecnológica del parque móvil (Resolución de 27 de enero de 2026).

En 2 claves

  1. Se aprueba la corrección segunda de la revisión séptima del manual de reformas de vehículos (Primero)
  2. Entrada en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE (Tercero)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas dedicadas a la reforma o transformación de vehículos

Resolución de 27 de enero de 2026

Aplica a este perfil

  • Profesionales autónomos en el sector de transformación de vehículos

Resolución de 27 de enero de 2026

Cómo afecta a los implicados

Para las empresas dedicadas a la transformación y reforma de vehículos, la norma actualiza los criterios técnicos y la codificación de las reformas tipificadas que deben cumplir para su correcta tramitación (Resolución de 27 de enero de 2026). Los talleres y entidades de ITV deberán observar estos nuevos requisitos de homologación para asegurar la validez de las reformas realizadas.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Consultar el nuevo anexo del Manual de Reformas de Vehículos para la tramitación de reformas Primero

Línea de vida

2026-02-05PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

¿Esta norma te afecta?

El equipo fiscal revisa tu situación concreta.

Hablar con el equipo fiscal
Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
Email
Contacto