El Real Decreto-ley 3/2026 revalúa las pensiones públicas a partir del 1 de enero de 2026, con efectos previos desde el 29 de diciembre de 2025. Se deroga la disposición adicional 4 de la Ley 42/2006 y se modifican los artículos 271.1 y 299.1 del texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social (art. 2).
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disposición adicional 4 de la Ley 42/2006
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Los beneficiarios de pensiones públicas reciben un aumento en su cuantía a partir del 1 de enero de 2026. El efecto se aplica desde el 29 de diciembre de 2025, por lo que los reclamantes o administraciones deben ajustar sus registros de pensiones (art. 2). Las administraciones públicas de seguridad social deben actualizar sus bases de datos y procesos de pago. El cambio no afecta a pensiones privadas ni a otros regímenes.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Ajustar registros de pensiones públicas para reflejar la revalorización | art. 2 | desde el 29 de diciembre de 2025 |
| Verificar el estado de las pensiones afectadas desde el 1 de enero de 2026 | disposición adicional 4 de la Ley 42/2006 | a partir del 1 de enero de 2026 |
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