La Orden TDF/39/2026 modifica la Orden ETD/1498/2021 para ampliar el acceso a ayudas de digitalización, incluyendo comercio electrónico y programas de infraestructura. Se establece un plazo de 3 meses para presentar solicitudes, con efectos desde la entrada en vigor (art. 4, 6 y 28 de la Orden ETD/1498/2021). Este cambio facilita la participación de pymes y autónomos en programas de digitalización.
Aplica a este perfil
art. 4, 6 y 28 de la Orden ETD/1498/2021
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art. 4, 6 y 28 de la Orden ETD/1498/2021
Las pymes y autónomos pueden acceder a ayudas para digitalización, especialmente en comercio electrónico o infraestructura tecnológica. Las administraciones reciben más solicitudes y mejoran la eficiencia administrativa. Los asesores deben actualizar sus procedimientos para incluir el nuevo plazo de presentación y verificar los requisitos de cada programa. Los trabajadores autónomos con actividades digitales podrán beneficiarse de estas ayudas.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitudes de ayudas para digitalización dentro de los 3 meses siguientes a la entrada en vigor | art. 4, 6 y 28 de la Orden ETD/1498/2021 | 3 meses desde entrada en vigor |
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