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BOE-A-2026-1921 ·27 de enero de 2026 ·orden Impacto bajo
Laboral

Trabajadores del mar (grupos 2 y 3): se fijan las bases de cotización para el ejercicio 2026

En 2 claves

  1. Las bases de cotización son aplicables para el ejercicio 2026 (ANALISIS)
  2. Los efectos de la norma se retrotraen al 1 de enero de 2026 (ANALISIS)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Personas trabajadoras del Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar
  • Incluidas en los grupos segundo y tercero

Título de la Orden

Cómo afecta a los implicados

Para los trabajadores del mar pertenecientes a los grupos segundo y tercero, esta norma determina los importes sobre los que se calcularán sus cotizaciones a la Seguridad Social durante todo el año 2026. Las empresas del sector pesquero deberán aplicar estos importes para el cálculo de las cuotas obreras y patronales a partir de la fecha de efectos establecida.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las bases de cotización establecidas para los grupos 2 y 3 del Régimen de Trabajadores del Mar Orden ISM/31/2026 Desde el 1 de enero de 2026

Línea de vida

2026-01-27PublicacionPublicación en el BOE
2026-01-28Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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