El Real Decreto 726/2026 regula la adjudicación directa de subvenciones en materia de vivienda y suelo para el ejercicio 2026, amparándose en el carácter excepcional por interés público (art. 22.2.c Ley 38/2003). La norma evita la convocatoria pública para financiar actuaciones concretas de entidades como la Comunidad de Madrid, el Área Metropolitana de Barcelona o la Universidad Politécnica de Cataluña, entre otras. Las subvenciones se destinarán a realojos, promoción de alquiler asequible, rehabilitación urbana y actividades de investigación (art. 1).
Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.
Esta normativa no afecta directamente al perfil gran empresa.
Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.
Para las administraciones locales y regionales beneficiarias (Comunidad de Madrid, Ayuntamientos, Diputaciones), se asegura la financiación directa de proyectos críticos como los realojos de la Cañada Real o el alquiler social sin pasar por procesos de concurrencia (art. 1). Las universidades participantes obtienen fondos para investigación y formación en vivienda (art. 1.1.h). Las entidades beneficiarias deben ejecutar las actuaciones en un plazo máximo de seis años, con posibilidad de prórroga de hasta tres años adicionales (art. 2.2.a).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Solicitar prórroga de ejecución hasta cuatro meses antes del vencimiento del plazo | art. 2.2.a | 4 meses antes de la conclusión del plazo |
El equipo subvenciones revisa tu situación concreta.