La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso interpuesto por la mercantil Inmo Arnedo, SLU contra la suspensión de la inscripción de una declaración de obra nueva. La registradora de la propiedad de Arnedo suspendió la práctica de los asientos tras la presentación de una escritura que pretendía inscribir una nave y un edificio de oficinas asentados sobre dos fincas registrales en términos municipales distintos (El Villar de Arnedo y Pradejón).
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Hechos I
Para la empresa Inmo Arnedo, SLU, la resolución afecta a la capacidad de inscribir la realidad física de sus construcciones (nave y oficinas) en el Registro de la Propiedad, debido a la discrepancia entre la ubicación de las obras y la titularidad de las fincas registrales involucradas. El conflicto técnico radica en la coexistencia de obras sobre dos términos municipales diferentes, lo que ha motivado la calificación negativa de la registradora bajo los artículos 18 y 19 bis de la Ley Hipotecaria.
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