Esta resolución establece el procedimiento administrativo ordinario para la asignación de distintivos de llamada de radioaficionado con sufijo de una letra, sustituyendo el sistema anterior de procedimientos específicos (art. 27 del Reglamento aprobado por Orden IET/1311/2013). El nuevo modelo se caracteriza por un plazo de solicitud abierto de forma continuada y la asignación por orden de presentación, siempre que se cumplan los requisitos de antigüedad y práctica (art. 27 del Reglamento).
Aplica a este perfil
art. 27 del Reglamento aprobado por Orden IET/1311/2013
Para los radioaficionados que cumplan los requisitos de antigüedad (5 años de autorización española y 15 años de práctica internacional) y carezcan de expedientes sancionadores recientes, se facilita el acceso a estos distintivos mediante un plazo de solicitud permanente (art. 27 del Reglamento). La asignación ya no dependerá de convocatorias específicas, sino del orden de presentación de las solicitudes ante la demanda actual, que se considera inferior a la disponibilidad (Resolución de 29 de julio de 2026).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar solicitud de distintivo de llamada con sufijo de una letra mediante el procedimiento ordinario | Resolución de 29 de julio de 2026 |
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