La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública resuelve un recurso contra la suspensión de la inscripción de una declaración de obra nueva. La registradora suspendió el asiento debido a que las coordenadas georreferenciadas de la edificación invaden parcelas colindantes o se ubican fuera de los límites de la finca objeto de la declaración (art. 18 y 19 LH). El conflicto surge por una discrepancia entre la superficie ocupada por la edificación y la georreferenciación de la finca.
Aplica a este perfil
Para propietarios de fincas con edificaciones, la resolución subraya el riesgo de que la georreferenciación técnica no coincida con la realidad física, impidiendo la inscripción de obras o rectificaciones de superficie (art. 18 y 19 LH). En casos de construcciones que invaden parcelas colindantes por diferencias de cota o lindes, la registradora puede suspender la inscripción por considerar que existe una construcción extralimitada.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar la concordancia entre la georreferenciación técnica y los límites registrales antes de presentar escrituras |
El equipo administrativo revisa tu situación concreta.