Se declara la emergencia de interés nacional de Nivel 3 en la Comunidad de Madrid (Villa del Prado y San Martín de Valdeiglesias) y en la provincia de Ávila (Burgohondo) debido a la gravedad de los incendios forestales (art. Primero). La medida se fundamenta en la necesidad de coordinación supraautonómica y dirección nacional ante la rápida propagación y riesgo para la población (art. 28 Ley 17/2015). El Ministro del Interior asume la dirección de la emergencia, encomendando la Dirección Operativa a la jefatura de la Unidad Militar de Emergencias (art. Segundo).
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art. Primero
Para las administraciones públicas (estatales, autonómicas y locales), la norma impone una estructura de dirección única bajo el mando del Ministro del Interior para la gestión de recursos (art. Segundo). Las administraciones con recursos movilizables pueden ser requeridas para colaborar incluso si la emergencia no afecta a su territorio (art. Segundo). Para los habitantes de las zonas afectadas, la medida implica la activación de protocolos de protección civil de máxima gravedad y posibles evacuaciones.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Seguir las instrucciones de la Dirección Operativa y autoridades de protección civil | art. Segundo |
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