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BOE-A-2026-16078 ·23 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Administrativo

Tripulantes de cabina de Norwegian Air Resources Spain: se registra y publica su III Convenio Colectivo

Se ha ordenado la inscripción y publicación del III Convenio Colectivo de tripulantes de cabina de pasajeros de la empresa Norwegian Air Resources Spain, SL (art. Primero). El acuerdo fue suscrito entre la dirección de la compañía y la sección sindical de USO el 18 de mayo de 2026 (Preámbulo). Este convenio regula las condiciones laborales del colectivo de TCP en la compañía, integrando definiciones técnicas como el Certificado de Operador Aéreo (AOC) o la normativa de limitaciones de tiempo de vuelo (FTL) (Glosario).

En 2 claves

  1. El convenio fue suscrito con fecha 18 de mayo de 2026 (Preámbulo). (Preámbulo)
  2. Se ordena su inscripción en el Registro de convenios colectivos tras su subsanación el 29 de junio de 2026 (Primero). (Primero)

A quién afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector de transporte aéreo que operen bajo un AOC

Glosario, apartado a)

Cómo afecta a los implicados

Para los tripulantes de cabina de pasajeros (TCP) de Norwegian Air Resources Spain, SL, este convenio establece el marco normativo de sus condiciones de trabajo, incluyendo definiciones operativas críticas sobre bases y tiempos de vuelo (Glosario). Para la empresa, supone la formalización de las condiciones negociadas con la sección sindical de USO, dando seguridad jurídica a la relación laboral bajo el marco del Estatuto de los Trabajadores (Preámbulo).

Línea de vida

2026-07-23PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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