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BOE-A-2026-14960 ·9 de julio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Propietarios de viviendas turísticas: se suspende la denegación de registro por falta de autorización de la comunidad de propietarios

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha suspendido la calificación negativa de una registradora que denegaba la inscripción de una finca como apartamento turístico. La resolución aborda la aplicación del art. 7.3 de la Ley Hipotecaria (introducido por la LO 1/2025), determinando que si la actividad o la declaración responsable se presentó antes del 3 de abril de 2025, no es necesaria la autorización de las 3/5 partes de la Comunidad de Propietarios (art. 7.3 LPH y DA 2.ª).

En 2 claves

  1. Exigencia de autorización de la Comunidad de Propietarios (3/5 partes) para nuevas actividades turísticas, art. 7.3 LPH (art. 7.3 LPH)
  2. Exención de dicha autorización si se acredita presentación previa a la entrada en vigor de la LO 1/2025 (3 de abril de 2025) (DA 2.ª LO 1/2025)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas que gestionen viviendas de uso turístico
  • Que hayan tramitado declaraciones responsables antes del 03/04/2025

art. 7.3 LPH

Aplica a este perfil

  • Propietarios que realicen actividad de arrendamiento para uso turístico
  • Con trámites iniciados antes de la entrada en vigor de la LO 1/2025

art. 7.3 LPH

Cómo afecta a los implicados

Para propietarios y empresas de gestión turística, la resolución refuerza la seguridad jurídica de quienes ya habían iniciado trámites o presentado declaraciones responsables ante la Generalitat Valenciana antes de la entrada en vigor de la LO 1/2025 (3 de abril de 2025). Evita que la nueva exigencia de aprobación por la Comunidad de Propietarios (3/5 partes) se aplique retroactivamente a actividades ya legalmente acogidas a la normativa sectorial previa (art. 7.3 LPH).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Acreditar la presentación de la declaración responsable ante la autoridad turística con fecha anterior al 3 de abril de 2025 DA 2.ª LO 1/2025

Línea de vida

2026-07-09PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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