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Fiscal servicios-financieros

Instituciones financieras: 1 de julio de 2026 para aplicar nuevos tipos de referencia en préstamos hipotecarios

BOE-A-2026-14750

Elaborado y revisado por el equipo editorial BMC  ·  Metodologia Publicado 7 jul 2026, 16:52

Ficha tecnica

Tipo
Resolucion (que es?)
Identificador
BOE-A-2026-14750
Publicacion
7 jul 2026
Entrada en vigor
1 jul 2026 (en vigor)

Resumen

La Resolución de 1 de julio de 2026 del Banco de España establece nuevos tipos de referencia para el cálculo del valor de mercado en préstamos hipotecarios y créditos cancelados anticipadamente. Los tipos se aplican por plazos desde 2 hasta 30 años, según los índices de Permuta de Intereses (IRS). La definición de cálculo se basa en la Circular 5/2012 (art. 1).

En 2 claves

  1. Tipos de referencia por plazos: 2 a 30 años (ej. 2,798% para 2 años) (art. 1.A)
  2. Tipo de referencia para diferencial en cancelación anticipada: 2,633% (1 año) (art. 1.B)

A quien afecta

Esta normativa no afecta directamente al perfil pyme.

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Esta normativa no afecta directamente al perfil particular.

Aplica a este perfil

  • Instituciones financieras que gestionen préstamos hipotecarios

art. 1

Esta normativa no afecta directamente al perfil no residente.

Como afecta a los implicados

Las entidades financieras que gestionan préstamos hipotecarios deben actualizar sus modelos de valor de mercado con los nuevos tipos de referencia a partir del 1 de julio de 2026 (art. 1). El cambio afecta directamente a los cálculos de compensación por riesgo de tipo y a los diferenciales en créditos cancelados anticipadamente. No hay impacto en particulares ni en clientes finales, solo en la estructura de cálculo interna de las instituciones.

Que hacer y antes de cuando

Accion Referencia Plazo
Actualizar modelos de valor de mercado con los nuevos tipos de referencia art. 1 1 de julio de 2026

Linea de vida

2026-07-07PublicacionPublicacion en el BOE
2026-07-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 1)

Recursos BMC para esta norma

Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Informacion, no asesoramiento.

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Este analisis tiene caracter informativo y no constituye asesoramiento juridico ni crea relacion cliente-asesor. BM Consulting.
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