La Orden PJC/678/2026 modifica los anexos I, II y III del Real Decreto 309/2022 para ajustar los sectores industriales afectados por riesgo de fuga de carbono. Se actualiza la clasificación de subsectores y se define un nuevo criterio de compensación de costes indirectos. El cambio afecta directamente a las empresas industriales que operan en zonas con alto riesgo de fugas de carbono (art. 2).
Aplica a este perfil
art. 2
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
art. 2
Aplica a este perfil
art. 2
Para empresas industriales en sectores expuestos a fuga de carbono, se requiere actualizar su clasificación en los anexos de compensación de costes indirectos. Esto puede afectar su derecho a recibir ayudas o compensaciones. Las administraciones deben revisar los registros de exposición para aplicar correctamente el nuevo criterio (art. 2). El plazo de adaptación es de tres meses desde la entrada en vigor (art. 4).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Actualizar clasificación en los anexos I, II y III del RD 309/2022 según el nuevo criterio de exposición | art. 2 | 3 meses desde entrada en vigor |
| Revisar exposición a fuga de carbono en operaciones industriales | art. 2 | 3 meses desde entrada en vigor |
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