El Real Decreto-ley 18/2026 modifica y deroga disposiciones del RD-ley 7/2026 sobre medidas de respuesta a la crisis en Oriente Medio, añadiendo nuevos artículos 28 bis y 28 ter y una disposición adicional 15. Se establece un plazo de 30 días para adaptar las medidas de respuesta, y se prevén multas de hasta 100.000 EUR por incumplimiento (art. 13.6).
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Las empresas afectadas deben actualizar sus planes de respuesta en 30 días; incumplimiento conlleva multas de hasta 100.000 EUR. Los asesores deben revisar los planes de crisis y asegurarse de que incluyan las nuevas disposiciones. Las administraciones competentes podrían exigir comprobaciones de cumplimiento. Los trabajadores autónomos no están directamente afectados, pero pueden verse impactados si sus actividades dependen de sectores clave como energía o transporte.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar y actualizar planes de respuesta a la crisis en Oriente Medio | art. 13.6 | 30 días desde la entrada en vigor |
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