La norma deroga el artículo 13.6 y varios artículos del Real Decreto-ley 7/2026, incluyendo el capítulo V del título I del RDL 6/2022, con efecto desde el 1 de enero de 2027. También modifica artículos de leyes como la Ley 24/2013 y la Ley 15/2012. Las modificaciones afectan a reglamentos tributarios y condiciones de contratación. La derogación se aplica a partir de la fecha indicada (art. 13.6, disp. transitoria 4, y disposición final).
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art. 13.6
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Las administraciones tributarias pierden la vigencia de normas derogadas desde 1 de enero de 2027. Empresas y particulares que dependían de dichas normas deben actualizar sus procesos de cumplimiento. Los contratos y pagos sujetos a las leyes modificadas deben reevaluarse desde esa fecha. El cambio afecta directamente a los sectores de energía, transporte y servicios públicos (art. 13.6, art. 50, 52 bis, 52 ter.b).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Revisar cumplimiento de normas derogadas desde 1 de enero de 2027 | art. 13.6 | Desde 2027-01-01 |
| Actualizar contratos y pagos según nuevas condiciones de la Ley 24/2013 | art. 13.6 | Desde 2027-01-01 |
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