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BOE-A-2026-13107 ·17 de junio de 2026 ·Real Decreto-ley critical
Fiscal

Se añade el artículo 33 bis a la Ley 17/2006, de 5 de junio, para regular la contabilidad de Radiotelevisión Española, S.M.E. (art. 33 bis)

La norma añade un nuevo artículo (33 bis) a la Ley 17/2006 sobre contabilidad, específicamente para regular el sistema contable de Radiotelevisión Española, S.M.E. Este cambio busca establecer normas contables aplicables a la entidad estatal en ejercicio de su servicio público. La modificación se realiza conforme al Real Decreto 1514/2007 (art. 33 bis).

En 2 claves

  1. Se añade el artículo 33 bis a la Ley 17/2006 para regular la contabilidad de RTVE (art. 33 bis)
  2. La modificación se basa en el Real Decreto 1514/2007 (art. 33 bis)

Cómo afecta a los implicados

La Corporación Radio Televisión Española, S.M.E. debe adoptar el nuevo régimen contable establecido en el artículo 33 bis de la Ley 17/2006. Las administraciones públicas que gestionan servicios de radiodifusión podrían ver afectadas en su contabilidad por la aplicación de este nuevo artículo. El cambio no afecta a empresas privadas ni a particulares directamente.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-06-17PublicacionPublicación en el BOE
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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