La Dirección General de la AEAT establece el procedimiento para realizar telemáticamente el embargo de dinero en cuentas abiertas en proveedores de servicios de pago, conforme a la Ley 58/2003 (arts. 96 y 171) y al Real Decreto 939/2005 (art. 79.2). Esta resolución deroga las resoluciones de 16 de diciembre de 2011 que regulaban procedimientos anteriores. El objetivo es modernizar la ejecución de embargos sobre dinero electrónico y transferencias bancarias.
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Para los proveedores de servicios de pago, se establece un marco procedimental telemático para la ejecución de embargos por parte de la Administración Tributaria. Las entidades deberán estar preparadas para responder a estas comunicaciones telemáticas de la AEAT. Para los contribuyentes, la medida agiliza la capacidad de la Administración para asegurar deudas mediante el embargo de fondos en cuentas de proveedores de servicios de pago.
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