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BOE-A-2026-13031 ·16 de junio de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Proveedores de servicios de pago: nuevo procedimiento telemático para el embargo de dinero en cuentas

La Dirección General de la AEAT establece el procedimiento para realizar telemáticamente el embargo de dinero en cuentas abiertas en proveedores de servicios de pago, conforme a la Ley 58/2003 (arts. 96 y 171) y al Real Decreto 939/2005 (art. 79.2). Esta resolución deroga las resoluciones de 16 de diciembre de 2011 que regulaban procedimientos anteriores. El objetivo es modernizar la ejecución de embargos sobre dinero electrónico y transferencias bancarias.

En 2 claves

  1. Deroga las resoluciones de 16 de diciembre de 2011 (BOE-A-2011-20269 y BOE-A-2011-20364) (ref. indice BOE)
  2. Procedimiento basado en la Ley 58/2003 y el Real Decreto 939/2005 (ref. indice BOE)

A quién afecta

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  • Como sujetos pasivos de la deuda tributaria
  • Como proveedores de servicios de pago si operan en dicho ámbito

Aplica a este perfil

  • Como sujetos pasivos de la deuda tributaria
  • Como proveedores de servicios de pago si operan en dicho ámbito

Aplica a este perfil

  • Como titulares de cuentas en proveedores de servicios de pago sujetos a embargo

Cómo afecta a los implicados

Para los proveedores de servicios de pago, se establece un marco procedimental telemático para la ejecución de embargos por parte de la Administración Tributaria. Las entidades deberán estar preparadas para responder a estas comunicaciones telemáticas de la AEAT. Para los contribuyentes, la medida agiliza la capacidad de la Administración para asegurar deudas mediante el embargo de fondos en cuentas de proveedores de servicios de pago.

Línea de vida

2026-06-16PublicacionPublicación en el BOE
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Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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