La Secretaría General de Pesca ha determinado la asignación de la cuota de bacaladilla norte (WHB/1X14) para España en 2026. La cuota adaptada total asciende a 35.202,469 toneladas, resultado de la cuota inicial de 33.049 toneladas (Reglamento UE 2026/249), la flexibilidad interanual de 2025 (3,47 t) y los intercambios con otros Estados miembros (2.150 t). La asignación se realiza siguiendo los criterios de la Orden APA/315/2020 para garantizar la transparencia en la gestión del stock.
Aplica a este perfil
art. 11 Orden APA/315/2020
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Para los operadores de las flotas de arrastre de fondo (Cantábrico y Noroeste), altura, gran altura, palangreros, arrastreros congeladores (aguas internacionales y NAFO) y bacaladeros, la resolución establece los límites de captura permitidos para 2026. Los buques afectados, tanto individuales como de flotas específicas, dispondrán de una cuota determinada en toneladas según su historicidad y los planes de pesca presentados (art. 11 Orden APA/315/2020).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Respetar los límites de captura asignados según la cuota individual o de flota | art. 11 Orden APA/315/2020 | Campaña 2026 |
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