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BOE-A-2026-12999 ·15 de junio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas organizadoras de bingo: 1 de enero de 2025 para aplicar el nuevo convenio colectivo

La Resolución de 2 de junio de 2026 publica el Convenio colectivo marco estatal para empresas organizadoras de bingo, que entra en vigor el 1 de enero de 2025, conforme al artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015. Este convenio establece las condiciones laborales aplicables a estas empresas desde esa fecha, con vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028 y posibilidad de prorrogar.

En 2 claves

  1. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028, prorrogable (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quién afecta

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  • Empresas organizadoras de bingo

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  • No aplica directamente, ya que el convenio es para empresas organizadoras

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  • Empresas organizadoras de bingo

Cómo afecta a los implicados

Las empresas organizadoras de bingo deben aplicar las condiciones del nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2025. Los trabajadores beneficiarán de las condiciones laborales establecidas en el convenio. Los asesores laborales deben verificar el cumplimiento del convenio en sus clientes. Las administraciones competentes podrán supervisar el cumplimiento de las condiciones laborales establecidas.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-06-15PublicacionPublicación en el BOE
2026-06-16Entra en vigorEntrada en vigor (fecha_vigencia (indice oficial del BOE))
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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