Se publica el Convenio colectivo marco estatal para empresas organizadoras de bingo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 y vigora hasta el 31 de diciembre de 2028. Su aplicación se deriva del art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y de la Resolución de 29 de septiembre de 2022.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.
Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.
Aplica a este perfil
art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015
Las empresas organizadoras de bingo deben cumplir con el nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2025, afectando directamente sus condiciones de trabajo y remuneración. El plazo de vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028, con posibilidad de prorrogación. No hay cambios en el sector de trabajo para otros tipos de empresas.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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