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BOE-A-2026-12999 ·15 de junio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Las empresas organizadoras de bingo deben aplicar el Convenio colectivo marco estatal desde el 1 de enero de 2025

Se publica el Convenio colectivo marco estatal para empresas organizadoras de bingo, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2015. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 y vigora hasta el 31 de diciembre de 2028. Su aplicación se deriva del art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015 y de la Resolución de 29 de septiembre de 2022.

En 2 claves

  1. El convenio entra en vigor el 1 de enero de 2025 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
  2. Vigencia hasta el 31 de diciembre de 2028 (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas organizadoras de bingo
  • Con número de trabajadores no especificado

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Esta normativa no afecta directamente al perfil startup.

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

Aplica a este perfil

  • Empresas organizadoras de bingo
  • Con más de 10 trabajadores

art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015

Cómo afecta a los implicados

Las empresas organizadoras de bingo deben cumplir con el nuevo convenio colectivo desde el 1 de enero de 2025, afectando directamente sus condiciones de trabajo y remuneración. El plazo de vigencia se extiende hasta el 31 de diciembre de 2028, con posibilidad de prorrogación. No hay cambios en el sector de trabajo para otros tipos de empresas.

Qué hacer y antes de cuándo

Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.

Línea de vida

2026-06-15PublicacionPublicación en el BOE
2025-01-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 del RDL 2/2015)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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