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La Ley Foral 8/2026, de 20 de mayo, reafirma la obligación de presentación de cuentas generales por parte de las comunidades autónomas, conforme a los artículos 123 y 130 de la Ley Foral 13/2007. Esta obligación se deriva de la normativa general y se aplica a Navarra, cuya presentación se debe realizar en el BON núm. 106 de 2 de junio de 2026. El plazo de presentación se establece como de tres meses desde la publicación en el BOE.
Las comunidades autónomas, especialmente Navarra, deben presentar sus cuentas generales dentro de tres meses desde la publicación del BOE. El plazo afecta directamente a la gestión financiera y a la transparencia fiscal. La presentación debe hacerse en el BON núm. 106 de 2 de junio de 2026, conforme a la Ley Foral 13/2007, artículos 123 y 130.
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Presentar cuentas generales conforme a artículos 123 y 130 de la Ley Foral 13/2007 | art. 123 y 130 Ley Foral 13/2007 | 3 meses desde la publicación en el BOE |
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