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BOE-A-2026-12274 ·6 de junio de 2026 ·Resolución Impacto medio
Laboral

Empresas del sector telecomunicaciones: desde 1 de septiembre de 2025 aplican nuevas tablas salariales del anexo V del convenio colectivo

La Resolución de 21 de mayo de 2026 publica las tablas salariales de 2026 y modifica el anexo V del Convenio colectivo de Evolutio Cloud Enabler, SAU, aprobado previamente por Resolución de 19 de agosto de 2025. El cambio entra en vigor desde el 1 de septiembre de 2025 conforme al art. 90.2 y 90.3 de la Ley del Estatuto de los Trabajadores. Se aplica específicamente al sector de telecomunicaciones, en especial en telefonía móvil.

En 2 claves

  1. Aplicación de nuevas tablas salariales desde 1 de septiembre de 2025 (art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores)
  2. Modificación del anexo V del convenio colectivo de Evolutio Cloud Enabler, SAU (anexo V Resolución de 19 de agosto de 2025)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Empresas del sector telecomunicaciones
  • En especial en telefonía móvil

art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores

Esta normativa no afecta directamente al perfil autonomo.

art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores

Cómo afecta a los implicados

Las empresas del sector telecomunicaciones, en especial en telefonía móvil, deben aplicar las nuevas tablas salariales desde el 1 de septiembre de 2025 (art. 90.2 y 3). Los trabajadores afectados reciben ajustes salariales conforme a las nuevas tablas. Las administraciones públicas que gestionan convenios colectivos deben actualizar sus registros salariales. No hay cambios en el plazo de presentación de solicitudes.

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Aplicar las nuevas tablas salariales del anexo V desde el 1 de septiembre de 2025 anexo V Resolución de 19 de agosto de 2025 desde 2025-09-01

Línea de vida

2026-06-06PublicacionPublicación en el BOE
2025-09-01Entra en vigorEntrada en vigor (art. 90.2 y 3 Ley del Estatuto de los Trabajadores)
Sectores afectados
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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