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La norma establece que las administraciones sanitarias deben evaluar tecnologías sanitarias siguiendo el marco del reglamento (UE) 2021/2282 y el Real Decreto Legislativo 1/2015, en particular el artículo 92 y el artículo 21.2 de la Ley 16/2003. No introduce nuevos procedimientos ni plazos, sino que fija el marco jurídico de referencia para la evaluación.
Las administraciones sanitarias deben asegurar que sus evaluaciones de tecnologías sanitarias se realicen conforme a los criterios del reglamento UE 2021/2282 y al Real Decreto Legislativo 1/2015. El cumplimiento es obligatorio para mantener la validez de las decisiones técnicas. No afecta directamente a empresas, profesionales o pacientes.
Sin acción inmediata para empresas o particulares: la obligación recae en la Administración o el efecto es informativo. Si quieres, te avisamos si esta norma cambia o entra en vigor.
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