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BOE-A-2026-11298 ·25 de mayo de 2026 ·Resolución Impacto bajo
Fiscal

Enagás Transporte, SAU: autorización para inyectar biometano en el gasoducto Cartagena-Lorca

En 2 claves

  1. Obligación de comunicar fechas de inicio de obras y ensayos a la Delegación del Gobierno en Murcia, 7.ª (7.ª)
  2. Prohibición de puesta en servicio sin acta de reconocimiento definitivo y levantamiento de acta de puesta en servicio, 8.ª (8.ª)

A quién afecta

Aplica a este perfil

  • Enagás Transporte, SAU como titular de la autorización
  • Empresas de producción de biometano vinculadas al proyecto

Cómo afecta a los implicados

Para Enagás, la resolución habilita la infraestructura necesaria para la integración de gas renovable en la red de transporte existente. La empresa queda obligada a comunicar con antelación las fechas de inicio de obras y ensayos a la Delegación del Gobierno en Murcia, y no podrá poner en funcionamiento las instalaciones sin el acta de puesta en servicio tras la inspección técnica (7.ª y 8.ª).

Qué hacer y antes de cuándo

AcciónReferenciaPlazo
Comunicar con antelación las fechas de inicio de obras y realización de ensayos y pruebas 7.ª
Presentar certificado final de obra firmado por técnico competente y certificación de supervisión de construcción 8.ª
Dar cuenta de la terminación de las instalaciones al Área de Industria y Energía de la Delegación del Gobierno en Murcia 8.ª

Línea de vida

2026-05-25PublicacionPublicación en el BOE
Texto oficial Basado en datos del BOE (boe.es). Información, no asesoramiento.

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Este análisis tiene carácter informativo y no constituye asesoramiento jurídico ni crea relación cliente-asesor. BM Consulting.
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