La Orden APA/462/2026 establece las condiciones técnicas, bienes asegurables y precios para el seguro de explotaciones de plátanos dentro del Plan de Seguros Agrarios Combinados (art. 1). La norma cubre tanto la producción de plantas madre como de plantas hijas, así como instalaciones específicas como invernaderos o redes de riego (art. 1.1 y 1.2). Estas condiciones serán aplicables también al Cuadragésimo Octavo Plan de Seguros Agrarios Combinados.
Aplica a este perfil
art. 1
Para los productores de plátano, la norma delimita qué activos pueden proteger, excluyendo explícitamente cultivos o instalaciones en estado de abandono (art. 1.3.a). Los asegurados deben asegurar que sus instalaciones (cortavientos, invernaderos, riego) cumplan las características mínimas del Anexo II para tener cobertura (art. 1.2). ENESA mantiene la facultad de ampliar el periodo de suscripción o modificar límites de precios bajo condiciones excepcionales (disp. adicional única).
| Acción | Referencia | Plazo |
|---|---|---|
| Verificar que las instalaciones (invernaderos, riego, etc.) cumplen las características mínimas del Anexo II | art. 1.2 | |
| Comprobar que no existen cultivos o instalaciones en estado de abandono para evitar exclusiones de cobertura | art. 1.3.a |
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