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V5367-26 28 juillet 2026 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · residencia fiscal

Calcul des jours de présence : présence certifiée, jours présumés et absences sporadiques

Le consultant s'interroge sur les modalités de décompte des jours afin de déterminer si le seuil de 183 jours de présence en Espagne est dépassé. La DGT précise que la présence s'établit par un calcul agrégé de trois éléments.

La question posée

Cuestión planteada Conocer cómo se computan los días de cara a determinar si permanece o no más de los 183 días a que se refiere el apartado 4 del artículo 72 de la Ley 35/2006, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

La position de la DGT

La permanencia en territorio español se integra por el cómputo agregado de tres estadios: la presencia certificada, los días presuntos y las ausencias esporádicas. Se computa como día de permanencia cualquier día en que exista fehaciencia de que el obligado estuvo en España, por pequeño que fuera el lapso. Los días presuntos son aquellos que, sin prueba certificada, se sitúan entre días de presencia certificada en España. Las ausencias esporádicas se adicionan a los días de presencia efectiva para determinar si se supera el umbral de los 183 días.

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