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V4196-16 3 octobre 2016 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IRNR · entidad en atribución de rentas

Une entité néerlandaise sans personnalité juridique peut être qualifiée d'entité en attribution de revenus

La consultation examine si une entité néerlandaise (V), présentant des caractéristiques de transparence fiscale et dépourvue de personnalité juridique, constitue une entité en attribution de revenus (ERAR). La DGT détermine qu'en ne payant pas l'impôt en son nom propre et en attribuant les bénéfices à ses associés, sa nature est identique ou analogue aux ERAR espagnoles.

La question posée

Cuestión planteada 1º) Si la entidad V tiene la consideración de entidad en atribución de rentas constituidas en el extranjero, en el sentido del artículo 37 del TRLIRNR.

La position de la DGT

Para que una entidad extranjera sea considerada entidad en régimen de atribución de rentas (ERAR), debe tener una naturaleza jurídica idéntica o análoga a las entidades españolas sometidas a dicho régimen. El elemento definitorio es que la entidad no sea contribuyente por sí misma, sino que las rentas se atribuyan a sus socios o partícipes. En el caso analizado, la entidad V cumple este criterio al carecer de personalidad jurídica, tener capital no dividido en acciones y ser fiscalmente transparente.

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