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V3703-20 30 décembre 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · canje de valores

Possibilité d'appliquer le régime d'échange de valeurs ou d'apport en nature sous réserve de conditions légales

Un particulier s'interroge sur la possibilité de bénéficier du régime spécial d'échange de valeurs ou d'apport en nature lors de l'apport de ses participations dans trois entités à une nouvelle société holding. La DGT précise que cela est possible dès lors que les conditions de participation, de résidence et de motifs économiques valables sont respectées.

La question posée

Cuestión planteada - Si la aportación por el consultante de sus participaciones en las entidades A, B y C a la entidad X, cumple los requisitos previstos legalmente para acogerse a las instituciones del "canje de valores" prevista en el artículo 76.5 de la Ley del IS, en el caso de la primera aportación, y de la "aportación no dineraria" prevista en el artículo 87.1.c) de la Ley del IS, en el caso de la segunda y tercera aportación.

La position de la DGT

Para la aportación de la entidad A, se puede aplicar el régimen de canje de valores si la entidad X adquiere la mayoría de derechos de voto y se cumplen los requisitos del artículo 80 de la LIS. Para las entidades B y C, se puede aplicar el régimen de aportación no dineraria si las participaciones superan el 5% de los fondos propios, se han poseído ininterrumpidamente durante el año anterior y el aportante mantiene al menos un 5% en la entidad receptora. En ambos casos, la operación no debe tener como objetivo principal el fraude o la evasión fiscal, sino motivos económicos válidos.

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