Aller au contenu
Retour à l'index
V3675-20 29 décembre 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · canje de valores

Possibilité d'appliquer le régime spécial d'échange de valeurs sous réserve de motifs économiques valables

Le consultant s'interroge sur la possibilité pour une opération d'acquisition de participations de bénéficier du régime spécial d'échange de valeurs. La DGT précise que cela est envisageable si les conditions des articles 76.5 et 80.1 de la LIS sont remplies, à condition que l'opération repose sur des motifs économiques valables et ne vise pas principalement la fraude ou l'évasion fiscale.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación descrita puede acogerse al régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y si los motivos económicos son suficientes y válidos.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de canje de valores, la entidad debe adquirir participaciones que le permitan obtener la mayoría de los derechos de voto y cumplir los requisitos del artículo 80 de la LIS. Además, según el artículo 89.2 de la LIS, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. Los motivos económicos alegados, como la centralización de decisiones o la mejora de solvencia, podrían considerarse válidos, aunque su calificación depende de los hechos y circunstancias reales de la operación.

Email
Contact