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V3316-23 28 décembre 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

Une fusion par absorption peut bénéficier du régime de neutralité fiscale sous réserve de conformité commerciale et d'absence de fraude

La question porte sur l'éligibilité d'une fusion par absorption au régime spécial de neutralité fiscale. La DGT précise que cela est possible si l'opération respecte le droit des sociétés ainsi que l'article 76.1 de la LIS, à condition que son objectif principal ne soit pas la fraude ou l'obtention d'un avantage fiscal dépourvu de motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación planteada podría acogerse al régimen especial establecido en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen de neutralidad fiscal, la operación debe realizarse en el ámbito mercantil según el Real Decreto-ley 5/2023 y cumplir el artículo 76.1 de la LIS. En fusiones donde la adquirente participa al menos un 5% en la transmitente, no se integrarán rentas por anulación de participación según el artículo 82.1. Los socios residentes en España no integrarán rentas por la atribución de valores y mantendrán sus valores fiscales. No se aplicará este régimen si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la reestructuración empresarial.

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