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V3293-20 6 novembre 2020 · SG de Tributos Locales Critère en vigueur
OTRO · impuesto sobre actividades económicas

Non-assujettissement à l'IAE dans les communes où le télétravail ne constitue pas un établissement

Une société de services professionnels s'interroge sur l'assujettissement à l'IAE et à la taxe sur les déchets dans les communes où ses salariés pratiquent le télétravail. La DGT conclut que les domiciles des employés ne sont pas des établissements de l'entreprise, faute de disponibilité directe sur ces lieux.

La question posée

Cuestión planteada En el Impuesto sobre Actividades Económicas: lugar de realización de la actividad económica, en el supuesto de teletrabajo de sus empleados.

La position de la DGT

El lugar de realización de la actividad es el municipio donde radique el establecimiento desde el cual se prestan efectivamente los servicios. Para que un local sea considerado establecimiento, el sujeto pasivo debe tener disponibilidad directa sobre el mismo. Los domicilios de los empleados donde realizan teletrabajo no pueden considerarse establecimientos de la empresa al no existir dicha disponibilidad directa. Por tanto, no hay obligación de tributar en municipios donde no se disponga de local o establecimiento.

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