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V3178-23 11 décembre 2023 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · entrega de bienes

La vente de biens à un client national destinée à un tiers dans un autre État membre est soumise à la TVA

Une entreprise espagnole vend des marchandises à un client national, lequel demande leur expédition directe vers un client au Portugal. La DGT détermine que la première vente ne constitue pas une opération intracommunautaire et doit être assujettie à la TVA.

La question posée

Tributación de la venta entre A y B a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido y si la misma debe declararse en la declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias (modelo 349).

La position de la DGT

La entrega de bienes de la consultante a su cliente, establecido en territorio español, constituye una entrega sujeta y no exenta de IVA. No se considera entrega intracomunitaria porque el cliente no comunica su propio NIF-IVA suministrado por otro Estado miembro. El NIF-IVA del destinatario final no cambia la naturaleza de la operación, ya que la entrega se realiza al cliente intermedio. Por tanto, la operación no debe incluirse en el modelo 349.

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