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V3121-23 1 décembre 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · fusión por absorción

La fusion par absorption peut bénéficier du regime special de neutralite fiscale sous conditions

La Direction Générale des Impôts (DGT) examine si une fusion par absorption peut appliquer le regime special des fusions et scissions. La DGT conclut que si l'operation respecte les conditions commerciales et celles de l'Impôt sur les Sociétés, elle peut pretendre a la neutralite fiscale, a condition que l'avantage fiscal ne soit pas son objectif principal.

La question posée

Cuestión planteada Si la fusión propuesta puede acogerse al régimen especial de las fusiones, escisiones, aportaciones de activos, canje de valores y cambio de domicilio social de una Sociedad Europea o una Sociedad Cooperativa Europea de un Estado miembro a otro de la Unión Europea, regulado en el Capítulo VII del Título VII de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, artículos 76 a 89, ambos inclusive.

La position de la DGT

Si la operación se realiza en el ámbito mercantil y cumple el artículo 76.1 de la LIS, puede acogerse al régimen especial de neutralidad fiscal. En este caso, la entidad transmitente no integrará rentas y la adquirente mantendrá los valores y antigüedad de los bienes recibidos. No obstante, el régimen no se aplicará si el objetivo principal es el fraude o la evasión fiscal sin motivos económicos válidos. Respecto al ITPAJD, la operación estará no sujeta a la modalidad de operaciones societarias y exenta en las modalidades de transmisiones patrimoniales onerosas y actos jurídicos documentados.

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