Aller au contenu
Retour à l'index
V3075-17 23 novembre 2017 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · exención por trabajos en el extranjero

Inapplicabilité de l'exonération pour travaux à l'étranger et du régime des excédents pour l'employé

Une joueuse de tennis résidant en Espagne s'interroge sur la possibilité pour son entraîneur de bénéficier d'exonérations liées à des tournois internationaux. La DGT conclut que ni l'exonération prévue à l'article 7.p) ni le régime des excédents ne sont applicables, bien que les frais de subsistance et de séjour puissent être exclus de l'assiette fiscale.

La question posée

Cuestión planteada Aplicación al empleado de la exención del artículo 7.p) de la Ley 35/2006 o, en su defecto, el de dieta exceptuada de gravamen -artículo 9.A.3.b) del Reglamento del IRPF-.

La position de la DGT

La exención por trabajos realizados en el extranjero no aplica porque el empleado trabaja para una profesional residente en España. Tampoco es aplicable el régimen de excesos de dietas porque el empleado no tiene destino en el extranjero, al acompañar a la profesional también en España. Solo pueden exceptuarse de gravamen las asignaciones por gastos de locomoción, manutención y estancia que cumplan los requisitos del Reglamento.

Email
Contact