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V3040-20 8 octobre 2020 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · canje de valores

Application du régime spécial d'échange de valeurs et d'apports en nature sous réserve du respect des conditions de l'IS

Un contribuable s'interroge sur la possibilité de soumettre l'apport de ses participations dans plusieurs entités à une nouvelle société holding au régime spécial de l'impôt sur les sociétés (IS). La DGT précise que cela est possible dès lors que sont respectées les conditions relatives à la majorité des droits de vote, au taux de participation minimal dans les fonds propres et que l'opération repose sur des motifs économiques valables.

La question posée

Cuestión planteada 1. Si la operación de aportación de las participaciones de la entidad X y de las otras dos entidades mencionadas, todas de titularidad del consultante PF1, a una nueva sociedad holding, conforme a los objetivos y forma planteada se le puede aplicar el régimen fiscal previsto en el Capítulo VII del Título VII de la LIS.

La position de la DGT

Para el canje de valores, la entidad debe adquirir una participación que le permita obtener la mayoría de derechos de voto y cumplir los requisitos del artículo 80.1 de la LIS. En las aportaciones no dinerarias de personas físicas, las participaciones deben representar al menos el 5% de los fondos propios, haber sido poseídas ininterrumpidamente durante el año anterior y la entidad aportante debe mantener al menos un 5% de participación en la entidad receptora. Finalmente, la operación no debe tener como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, debiendo basarse en motivos económicos válidos.

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