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V3010-16 28 juin 2016 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
ISD · nuda propiedad

La compétence en matière d'impôt sur les successions et donations dépend de la résidence du donataire ou de la nature des actifs

Une question est posée pour déterminer quelle administration est compétente pour la donation de la nue propriété de participations sociales et comment taxer la consolidation de la propriété. La DGT précise que, sauf en cas de donation d'immeubles par évasion, la compétence revient à la Communauté autonome où réside le donataire.

La question posée

Cuestión planteada Administración competente para la exacción del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones. Valoración de la nuda propiedad. Liquidación del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones por los donatarios. Tributación en el momento de la consolidación. Aplicación, con la consolidación, de determinado beneficio autonómico. Si, de aplicarse la reducción del 20.6 de la Ley del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones en el momento de adquisición de la nuda propiedad, procede igualmente en el momento de la consolidación.

La position de la DGT

La donación de participaciones sociales tributa en la Comunidad Autónoma de residencia habitual del donatario. Si los valores se consideran inmuebles por el supuesto de elusión del artículo 314.2 del TRLMV, la competencia será la de la ubicación de los inmuebles. En la consolidación del dominio por fallecimiento del usufructuario, se tributa por el concepto de donación aplicando el valor de las participaciones en el momento de la desmembración y el tipo medio de gravamen de aquel momento.

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