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V2998-18 21 novembre 2018 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · rendimientos del trabajo

Les services rendus par un associé à sa société : revenus du travail ou de l'activité économique selon l'affiliation à la Sécurité sociale

Une consultation porte sur le traitement fiscal en IRPF et en TVA des services fournis par des associés à leur propre société. La DGT précise qu'en IRPF, la nature du revenu dépend de l'affiliation de l'associé au régime des travailleurs indépendants, tandis qu'en TVA, l'assujettissement dépend de l'indépendance de l'activité.

La question posée

Cuestión planteada Se consulta la tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas por la retribución correspondiente a los servicios prestados por los socios a la sociedad, así como la sujeción de dichos servicios al Impuesto sobre el Valor Añadido.

La position de la DGT

En IRPF, las retribuciones por cargo de administrador son rendimientos del trabajo; los servicios profesionales de socios serán rendimientos de actividades económicas solo si el socio está dado de alta en el régimen especial de autónomos o mutualidad equivalente. En el IVA, la sujeción depende de un análisis caso por caso de la independencia: si el socio organiza medios propios, asume riesgo económico y no está sometido a criterios organizativos de la sociedad, estará sujeto al impuesto; de lo contrario, será una relación laboral no sujeta.

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