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V2568-21 21 octobre 2021 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · exención de rentas

Possibilité d'exonération lors de la cession de participations sous réserve de conditions de détention et de résidence

Une société a sollicité l'avis de l'administration sur l'exonération des revenus issus de la cession de participations dans deux entités résidentes en Espagne. La DGT précise que l'exonération s'applique si les conditions relatives au pourcentage de détention et à la résidence sont remplies, sauf si les entités sont des sociétés patrimoniales.

La question posée

Cuestión planteada Si la posible renta que obtuviera la entidad consultante en la transmisión de las entidades X y X1 estaría exenta de conformidad con el artículo 21.3 de la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades.

La position de la DGT

La renta positiva por la transmisión de participaciones estará exenta si se posee al menos el 5% del capital de forma ininterrumpida durante el año anterior. Al ser las entidades participadas residentes en España, se cumple el requisito de tributación. No obstante, si las entidades tienen consideración de patrimoniales, la exención no se aplicará a la parte de la renta que no sea incremento de beneficios no distribuidos. Además, al ser una operación de reestructuración, se debe observar la limitación de la exención sobre la diferencia entre valor fiscal y de mercado si la transmisión ocurre en los dos años siguientes.

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