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V2538-15 3 septembre 2015 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · indemnización por despido

Application de la réduction de 30 % sur les indemnités de licenciement perçues de manière fractionnée

Le demandeur s'interroge sur la possibilité d'appliquer la réduction prévue à l'article 18.2 de la LIRPF à la part d'une indemnité issue d'un ERE perçue de manière fractionnée à partir de 2015. L'administration fiscale répond que cela est possible sous réserve du respect des conditions légales et si le quotient entre les années de génération et les années de fractionnement est supérieur à deux.

La question posée

Cuestión planteada Si a la parte de la indemnización que perciba a partir de 1 enero de 2015 y derivada del expediente de regulación de empleo le resultará de aplicación la reducción prevista en el artículo 18.2 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, en su redacción dada por la Ley 26/2014, de 27 de noviembre, por la que se modifican la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de No Residentes, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, y otras normas tributarias (BOE de 28 de noviembre).

La position de la DGT

Para las indemnizaciones por despido percibidas de forma fraccionada, la reducción del 30% es aplicable si el cociente entre el período de generación (años de servicio contados de fecha a fecha) y el número de períodos impositivos de fraccionamiento es superior a dos. En el cálculo del fraccionamiento deben incluirse todos los ejercicios en los que se perciba la indemnización, incluso los exentos. Se mantiene el límite de 300.000 euros anuales sobre los que se aplica la reducción.

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