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V2504-14 24 septembre 2014 · SG de Impuestos sobre el Consumo Critère en vigueur
IVA · arrendamiento de bienes

Déductibilité de la TVA pour la location de logements avec services d'hôtellerie

Une entreprise ayant acquis des logements en vue de leur revente s'interroge sur la possibilité de déduire la TVA en les affectant à la location touristique avec services d'hôtellerie. La DGT précise que, dès lors que des services complémentaires d'hôtellerie sont fournis, l'activité est assujettie à la TVA et ouvre droit à déduction.

La question posée

Cuestión planteada Deducibilidad de las cuotas soportadas en la adquisición de las viviendas.

La position de la DGT

El arrendamiento de viviendas con servicios complementarios de la industria hotelera (como limpieza o cambio de ropa semanal) no está exento de IVA. Al ser una actividad sujeta, el arrendador puede deducir el 100% de las cuotas soportadas en la adquisición de los bienes relacionados. El cambio de afectación de promoción inmobiliaria a arrendamiento hotelero se considera autoconsumo no sujeto si no hubo derecho a deducción previo. Las deducciones por la adquisición de las viviendas deberán regularizarse como bienes de inversión durante los nueve años siguientes a su entrada en funcionamiento.

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