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V2384-17 19 septembre 2017 · SG de Impuestos Patrimoniales, Tasas y Precios Públicos Critère en vigueur
IP · vivienda habitual

Perte de l'exonération de l'habitation principale à l'impôt sur la fortune en cas de cessation d'occupation effective

Un contribuable résidant à l'étranger mais choisissant de s'acquitter de l'impôt en Espagne par obligation personnelle s'interroge sur le maintien de l'exonération de son habitation principale. La DGT répond que l'exonération exige l'occupation effective et permanente du logement durant l'exercice d'application.

La question posée

Cuestión planteada Teniendo en cuenta que una de las exenciones previstas en el artículo 4.9, de la Ley 19/1991 del Impuesto de Patrimonio es el de la vivienda habitual del contribuyente, se consulta si el consultante seguiría teniendo derecho a esta exención la edificación que ha constituido la vivienda habitual del consultante durante un plazo continuado de más de tres años antes del cambio de residencia.

La position de la DGT

La exención por vivienda habitual requiere que el contribuyente resida en ella en el ejercicio en que se pretende aplicar, lo que implica habitarla de forma efectiva y permanente. Aunque la vivienda haya sido la habitual durante más de tres años antes del cambio de residencia, al dejar de residir en ella se pierden los requisitos exigidos por la normativa. El hecho de optar por tributar por obligación personal es irrelevante para la pérdida de este derecho.

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