Aller au contenu
Retour à l'index
V2362-23 31 août 2023 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · régimen de neutralidad fiscal

Application du régime de neutralité fiscale lors de fusions sous réserve du respect de la LIS et de l'absence de fraude

La consultante s'interroge sur la possibilité pour l'absorption de la société A par la société B de bénéficier du régime spécial des fusions. La DGT précise que si l'opération respecte les conditions de l'article 76.1 de la LIS et s'inscrit dans le cadre commercial du Real Decreto-ley 5/2023, ledit régime de neutralité pourrait être appliqué.

La question posée

Cuestión planteada - Si se puede aplicar a dicha operación el régimen fiscal especial de fusiones, escisiones y aportaciones de activos y canje de valores previsto en el capítulo VII, del título VII de la Ley 27/2014 de 27 de noviembre del Impuesto sobre Sociedades, o debe tributar en el régimen general.

La position de la DGT

La operación podrá acogerse al régimen de neutralidad fiscal si se efectúa en el ámbito mercantil según el Real Decreto-ley 5/2023 y cumple los requisitos del artículo 76.1 de la LIS. No obstante, el régimen no será aplicable si el objetivo principal de la operación es el fraude, la evasión fiscal o la obtención de una ventaja fiscal sin motivos económicos válidos. La Administración determinará la existencia de motivos económicos válidos analizando los hechos de cada caso concreto.

Email
Contact