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V2330-24 8 novembre 2024 · SG de Impuestos sobre la Renta de las Personas Físicas Critère en vigueur
IRPF · pérdida patrimonial

La perte sur la vente d'un bien immobilier est compensée dans la base imposable de l'épargne

Le consultant demande s'il est possible de compenser une moins-value patrimoniale consécutive à la vente d'un bien immobilier en 2024. La DGT précise que cette perte constitue un revenu de l'épargne et doit être compensée selon l'ordre légal établi.

La question posée

Cuestión planteada Posibilidad de compensar dicha pérdida patrimonial.

La position de la DGT

La pérdida patrimonial por la transmisión de un inmueble constituye renta del ahorro. Esta se compensará primero con el saldo positivo de otras ganancias y pérdidas patrimoniales del mismo ejercicio. Si persiste un saldo negativo, podrá compensarse con el saldo positivo de los rendimientos del capital mobiliario, con el límite del 25 por ciento de dicho saldo. Si aún queda saldo negativo, se podrá compensar en los cuatro años siguientes.

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