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V2317-14 8 septembre 2014 · SG de Impuestos sobre las Personas Jurídicas Critère en vigueur
IS · aportación no dineraria

Éligibilité au régime spécial des restructurations pour les apports en nature sous réserve de motifs économiques valables

Un contribuable s'interroge sur la possibilité d'appliquer le régime spécial des restructurations à un apport en nature de parts sociales et sur la validité de ses motifs. La DGT conclut que, si les conditions de résidence, de participation et de conservation sont remplies, l'opération est éligible dès lors qu'elle ne vise pas principalement la fraude ou l'avantage fiscal.

La question posée

Cuestión planteada Si la operación de reestructuración planteada podría acogerse al régimen fiscal especial regulado en el capítulo VIII del título VII del texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades. Y si los motivos económicos pueden considerarse como válidos a efectos de la aplicación del citado régimen especial.

La position de la DGT

Para aplicar el régimen especial de aportaciones no dinerarias, la entidad receptora debe ser residente en España, el aportante debe poseer al menos un 5% de los fondos propios de la entidad receptora y haber mantenido la participación de forma ininterrumpida durante el año anterior. Además, la entidad aportante no puede tener como actividad principal la gestión de patrimonio mobiliario o inmobiliario ni ser una agrupación de interés económico o unión temporal de empresas. El régimen no se aplicará si la operación tiene como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal, o si carece de motivos económicos válidos como la racionalización de actividades.

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